Etxebide, servicio vasco de vivienda
Etxebide, servicio vasco de vivienda

Renueva aquí tu solicitud

Accede directamente a la renovación bienal de la solicitud haciendo clic aquí.

Tienes dos formas de renovar on-line tu solicitud.

La primera opción requiere que tengas un certificado B@kQ o un juego de barcos. El certificado B@kQ es el medio de identificación electrónica más sencillo de obtener y utilizar para la relación telemática con la Administración. Haz clic Aquí para ver información adicional sobre cómo obtener y utilizar una B@kQ.

La segunda opción requiere que tengas un certificado electrónico válido y en vigor para que puedas teletramitar tus solicitudes. Si dispones de una tarjeta ONA, un DNIe o un certificado CERES en vigor, puedes seleccionar esta modalidad de teletramitación.

¿Cómo hago la renovación "on-line"?

Renovar tu solicitud on-line es un trámite sencillo y rápido. Tras identificarte con una B@kQ o mediante certificado electrónico válido, accederás a tu expediente, y en la primera pantalla, verás si estás en plazo de renovar. En caso afirmativo, tan sólo tienes que hacer clic en el enlace y aceptar. A continuación, verás una pantalla que te confirmará que la renovación se ha realizado correctamente.

¿Cómo sé si tengo que renovar?

Cuando tu solicitud de vivienda entre en plazo de renovación, recibirás por correo postal o por correo electrónico (según hayas indicado en tu solicitud) información sobre el plazo y las opciones que tienes para renovar. No obstante, si consultas tu solicitud aquí podrás ver si debes renovar, qué plazo tienes y cómo hacerlo on-line.

Documentación a remitir

Si solicitas on-line la renovación de la solicitud, no debes presentar ningún documento adicional.

Renovación bienal de la solicitud

Tal y como se establece la ORDEN de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico (BOPV nº 211, 31 de octubre de 2012) en su artículo 16:

  1. La inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda tendrá un plazo de validez de dos años.
  2. Las personas o unidades convivenciales que deseen mantener su demanda de vivienda deberán solicitar la renovación de su inscripción antes de la finalización de dicho plazo.
  3. El Servicio Público de Adjudicación de Vivienda Protegida-Etxebide informará a las personas o unidades convivenciales de la fecha de finalización del plazo de inscripción con la antelación suficiente para permitir su renovación.