Derecho Subjetivo de acceso a una Vivienda
La Ley de Vivienda (Ley 3/2015, de 18 de junio) ha supuesto un importante hito en la profundización de los derechos sociales, con el reconocimiento del derecho subjetivo a la ocupación legal y estable de una vivienda.
Este derecho se configura en favor de quienes, no disponiendo de una vivienda digna y adecuada, carecen de los recursos económicos precisos para conseguir una. Contempla, asimismo, la posibilidad de una prestación económica subsidiaria de carácter público que permita la satisfacción de este derecho a través del arrendamiento fuera del mercado protegido.
En esta sección vas a tener toda la información necesaria para poder conocer mejor el alcance de este derecho, así como la forma de presentar la solicitud:
- Requisitos para optar al derecho subjetivo y/o a la prestación económica de vivienda
- Documentación necesaria para presentar la solicitud
- Obligaciones de las personas beneficiarias
- Presenta tu solicitud
- Preguntas frecuentes
Si estás cobrando la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), pincha aquí para consultar cómo puedes acceder a esta nueva prestación.